

Los menores infractores pagan sus delitos y vuelven al entorno de donde salieron... ¿cuál readaptación? Foto: Armando Preciado Martínez / El Occidental.
Víctor Manuel Chávez Ogazón
Jóvenes de entre 18 a 31 años de edad, saturan las cárceles estatales, lo que representa el 65.45% del total que hoy en día predomina, revela el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública, Prevención y Readaptación Social del Estado de Jalisco.
De acuerdo a este mismo documento (elaborado entre el 30 de mayo del 2009 y 2010), se señala que el 11.18% de la población penitenciaria se encuentra recluida y enfrenta procesos o condenas por delitos como homicidio y lesiones.
Difícilmente, se indica, entre estos mismos jóvenes se pueden encontrar a candidatos a convertirse en policías, debido a que la expectativa de ingreso es menor de 10 mil pesos.
Ante dicho panorama, Jalisco está en deuda con este sector de la población, debido a que la maquinaria encargada de reinsertarlos en la sociedad no trabaja de manera óptima por falta de infraestructura: Pocos juzgados, pero peor aún, menos centros de reintegración y ninguna “casa sustituta”.
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Un espejismo el sistema de readaptación para menores
Jalisco le ha quedado a deber a los jóvenes menores de 18 años, debido a que la maquinaria encargada de reinsertarlos en la sociedad no trabaja de manera óptima por falta de infraestructura: Pocos juzgados, pero peor aún, menos centros de reintegración y ninguna “casa sustituta”. En muchos de los casos los muchachos terminan de regreso en sus hogares o en el barrio, expuestos al entorno donde está el factor que los llevó a delinquir.
El Sistema Judicial Integral para Menores se implementó desde febrero del año 2007, y a decir del magistrado Antonio Fierros Ramírez, la ley en la que se basa “es la idónea, porque no es un criterio que estemos manejando estrictamente en Jalisco o en México, sino que estamos en acatamiento a tratados internacionales que nos obligan desde 1985 a llevar a cabo una sensibilización de la actitud de los menores que incurren en conductas que pueden ser consideradas como delitos”.
Fierros Ramírez es magistrado de la Sala para Menores Infractores del Poder Judicial de Jalisco y de acuerdo a su experiencia ya de casi tres años sobre el tema, considera que las fallas están en otro lado: “Tenemos una estructura legal que no se adecua exactamente a la infraestructura social que se tiene, por ejemplo, tenemos satisfactores que se establecen en la ley, pero no tenemos ni la gente ni la infraestructura para poderla llevar a cabo”.
Puso como ejemplo el caso de las casas sustitutas a donde se supone que va a dar un joven que comete una conducta ilícita.
Esto es con el ánimo de alejarlo de la causa por la cual está actuando así y que en muchas ocasiones puede estar dentro de su entorno familiar o del lugar donde vive.
“La ley establece que tenemos que sacar a ese menor de ese seno familiar y trasladarlo a un casa sustituta, pero después de tres años no tenemos ninguna casa sustituta.”
CON RIESGOS LATENTES
Fue la pasada legislatura la que impulsó la mencionada ley y este sistema para enjuiciar a los adolescentes, sin embargo no había infraestructura lista para atenderlos.
“Los menores con conducta criminógena no son recibidos por ninguna institución pública…, entonces, ¿qué hacemos con ellos?, ¿Qué se hace con ellos? La ley, tres años después, está siendo cuestionada, pero lo único que hace falta es ese aspecto de difusión que debe de prevalecer”, añadió.
Dijo que en el caso de la casa sustituta podría ser una institución pública o una organización no gubernamental donde se determine esa asistencia a los menores de edad que delinquen.
“Y es que el problema puede ser en el barrio, en la casa, entonces lo que hay que hacer es sacarlo de ese entorno, esto sucede a menudo, hay por ejemplo delitos de índole sexual que los adultos cometen en torno de sus hijos o sobrinos, o jóvenes que son empujados a delinquir por sus amigos o vecinos, entonces hay que evitar esa situación”, explicó el magistrado penalista.
Antonio Fierros, que fuera presidente de la Asociación de Jueces de Jalisco, hizo mención que en estos momentos sólo existe una casa denominada Capain o Casa de Paso Internemedio, “donde son internos, pero no están sujetos a la obligatoriedad de su instancia ahí”, pero ese es un caso particular y sólo existe en la zona metropolitana, no hay en el interior del estado.
LOS OLVIDADOS
La falta de esa infraestructura, de otros centros tutelares como el que existe en Zona Metropolitana, lleva -en cumplimiento de esta ley- a una verdadera desintegración familiar.
El magistrado Antonio Ramírez sobre eso añade: “En el aspecto de infraestructura debería de estar satisfecho”, pero no es así y como lo explica: “Tenemos solamente seis juzgados en todo el estado, cuando se implica que uno de los fines de la ley es tratar de socializar y de incorporar a los menores a su familia, pero ¿qué sucede si a un menor de San Martín de Bolaños lo traemos aquí, a Guadalajara? Por lo regular los padres no tienen los suficientes recursos económicos para estar viajando o para quedarse a vivir aquí”.
Advierte el abogado que con acciones como ésta evidentemente “estamos desintegrando a la familia, pero no tenemos ese aspecto de infraestructura aún”.
El mismo presidente de la República, Felipe Calderón, impulsor de esta reforma, ha advertido: “Hemos estado quedando a deber respecto de los menores”.
Coincide el magistrado que efectivamente se les ha quedado a deber en infraestructura, por que “la ley que se está manejando hoy es idónea, con una visión estadista, para los próximos 40 años, pero los satisfactores económicos dónde se van a manejar” y “el riesgo es que no exista una verdadera reincorporación del menor que delinquió, a la sociedad, en forma integral.
El magistrado comentó que hay la urgencia necesidad de tener un comité interdisciplinario -conformado por especialistas, psicólogos y sociólogos- que valore todas sus circunstancias y actitudes, “porque nos hemos encontrado con que después de seis meses de estar internos, muchos menores están igual que cuando ingresaron y entonces no hay ese satisfactor ni esa transición ni mejoramiento en la conducta de los menores.
“El problema para el menor de edad deviene de circunstancias sociales, no así por su actitud”, terminó.